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el economista, mar 3 feb 09

Si dejas de pagar un recibo del IBI, el banco te puede quitar la hipoteca

Cualquier entidad bancaria puede establecer una cláusula por la que dé por vencido y resuelto el préstamo hipotecario tan sólo por el impago de una cuota de amortización, de un recibo de contribución (actualmente el IBI) o de un impuesto que grave la finca.

Así se ha pronunciado el Tribunal Supremo en una sentencia del pasado 12 de diciembre en la que argumenta la validez de una cláusula contractual que contempla la posibilidad de resolver el contrato, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones pactadas en la escritura.