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Idealista - 31/10/2011

El gobierno aprueba la ley que permite las cláusulas suelo y techo en las hipotecas

El pasado 29 de octubre, se publicó en el BOE la orden ministerial que legitima a las entidades financieras la inclusión de "swaps" y cláusulas suelo en las hipotecas. Además se aprobo el “interest rate swap” como referencia alternativa al euribor para fijar el precio de las hipotecas.


Las principales novedades de esta orden ministerial se detallan a continuacion:

1 - Las cláusulas suelo o techo deberán recoger el tipo de interés mínimo y máximo a aplicar y la cuota de amortización máxima y mínima.

2 – Se propone el “interest rate swap” como alternativa para el cálculo de las hipotecas, que publicará el Banco de España y a los que añadirá un diferencial.

 3 - Las entidades financieras deberán detallar la naturaleza de los seguros que hacen frente a la subida de tipos de interes (swaps) (si se trata de un límite al alza del tipo de interés o si se trata de un límite al alza que va acompañado de un límite a la baja), su duración y, si fuera el caso, la obligatoriedad del pago de una prima y su importe, entre otras cosas

4 - El banco de españa elaborará una guía de acceso al préstamo hipotecario para una información adecuada a la hora de tomar decisiones respecto a la hipoteca. Esta guía se podrá encontrar gratuitamente en bancos y cajas, en sus páginas web y en la página web del Banco de España.

5 -  Las entidades financieras deberán proporcionar una Ficha de información personalizada con información sobre las hipotecas existentes en el mercado.

 6 -  El hipotecado tendrá derecho a examinar el borrador de la escritura pública de formalización de la hipoteca en el despacho del notario al menos durante los tres días hábiles anteriores a su otorgamiento.

Fuente:

http://www.idealista.com/noticias/-el-gobierno-aprueba-la-ley-que-legitima-las-clausulas-suelo-de-las-hipotecas-