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El Confidencial - 12/04/2012

El poder de negociación del comprador solvente frente al banco

Hoy día, la opción de quienes busquen financiación para la compra de vivienda prácticamente se limita a la financiación obtenida de las entidades financieras y a los inmuebles ofrecidos por estas. Sin embargo, la necesidad de bancos y cajas de dar salida cuanto antes al stock que acumulan en sus balances, permiten al potencial comprador un cierto poder de negociación con respecto al precio del inmueble, e incluso con las condiciones de la hipoteca (desde los diferenciales hasta las comisiones). Actualmente los bancos no están dispuestos a dejar escapar tan fácilmente una operación con un cliente solvente y con un trabajo estable. Se debe aprovechar la posición compradora y negociar al máximo.


En primer lugar, a la hora de negociar con un entidad bancaria, nunca se debe olvidar que tanto bancos como cajas tienen miles de viviendas adjudicadas y que muchas no encajan con las necesidades del comprador, por tanto, el comprador debe tener cuidado en no dejarse influir y comprar una vivienda que no se ajuste a sus expectativas. Una mala elección puede ser motivo de grandes problemas posteriores.

Por regla general, a la hora de firmar con una entidad bancaria una hipoteca vinculada a inmuebles de su propiedad conviene leer siempre la letra pequeña. Se debe estar atentos a las diferentes condiciones que nos ofrecen las diferentes entidades, hacer números y negociar en base a estas condiciones que nos ofrecen otras entidades y que sean más beneficiosas. Así, aspectos con los que podríamos negociar serian las comisiones (por apertura, subrogación, cancelación, amortización anticipada, ...), los diferenciales, así como la vinculación (seguros, domiciliación de nómina, tarjetas, planes de pensiones, ...) que en muchas ocasiones obligan a contratar y suelen ser caros e innecesarios. En la mayoría de los casos, cuantos menos productos se contraten, más subirán las comisiones y el diferencial.

No obstante, no conviene olvidar que según la Ley de Regulación del Mercado Hipotecario y las normas que la desarrollan, el único seguro obligatorio para suscribir una hipoteca es el seguro de incendios. Además, este seguro no es de obligatoria contratación con la entidad con la que se firma la hipoteca, basta con que ésta aparezca como beneficiaria del mismo.

Fuente:

http://www.elconfidencial.com/vivienda/-negocia-a-la-baja-tu-hipoteca-los-bancos-ya-no-dejan-escapar-clientes-solventes-