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Idealista - 16/04/2012

La necesidad de asegurarse que el arrendador ha depositado la fianza para acogerse a la deducción por alquiler

El plazo para presentar la declaración de la renta de 2012 se aproxima… Y el estado permite desgravar en la declaración del IRPF, por el alquiler de vivienda habitual, a quien tenga una base imponible inferior a 24.107,20 euros anuales. Igualmente, la mayoría de comunidades autónomas dan la opción de disponer de una desgravación añadida, aunque para ello el inquilino ha de cumplir una serie de requisitos de edad, ingresos o precio del alquiler fijados por cada Comunidad Autónoma.


No obstante, si tienes la condición de arrendatario, y quieres acogerte a la citada desgravación, deberías asegurarse de que el arrendador ha depositado la fianza otorgada y la documentación pertinente en el organismo correspondiente de su Comunidad Autónoma, si no quieres perder el derecho a dicha desgravación y que Hacienda te reclame posteriormente las cantidades desgravadas por no cumplir los requisitos exigidos.

Para ello, el arrendatario ha de pedir una copia del resguardo del depósito al arrendador o informarse en el Instituto de la vivienda o organismo correspondiente de si la fianza está depositada, y en caso contrario, solicitar que se inicien las correspondientes actuaciones inspectoras y sancionadoras contra el arrendador. Si no se procede de esta forma, el arrendatario perderá su derecho a la deducción por alquiler.

Recordar que a nivel estatal, quien tenga una base imponible de hasta 12.000 euros al año puede desgravar el 10 % del alquiler pagado, con un máximo de 9.040 euros, mientras si se dispone de una base imponible mayor, con un máximo de 24.107,20 euros, la deducción aplicable se calculara en función de una formula.

Fuente:

http://www.idealista.com/noticias/-si-quieres-desgravar-por-alquiler-haz-de-policia-con-tu-casero-